Los ingresos a cuenta desde el punto de vista de la empresa.
Un ingreso a cuenta es dinero que le adelanto a Hacienda pendiente de que luego echemos cuentas.
Puedes ser tú el retenedor que paga a Hacienda o también puede ser otro el que te retenga a tí y entonces está ese otro ingresando dinero a tu nombre en Hacienda. Es decir, ese otro, ese tercero, actuará como retendor, ingresará fondos en la HP que realmente son tuyos y generará a priori un activo para tí en la HP.
Es por tanto un derecho de cobro a priori. Puede ser por diversos tributos, prácticamente cualquier tributo cuya mecánica lo permita va a tener ingresos a cuenta. ¿Por qué? Porque a hacienda le interesa ir cobrando durante el año mejor que cobrar todo al final y más importante, porque se genera la figura del retenedor que es un recaudador de impuestos, gratis para la HP, que consolida cobros y luego paga todo de golpe a hacienda, haciéndole el trabajo a hacienda.
Hay obligación de actuar como retenedor para a la HP cuando seas un pagador obligado o cuándo la renta que abones esté sujeta a retención.
Muchas veces el problema interpretativo proviene del hecho de que la visión que dá el legislador es la de la HP y no coincide con la visión de la empresa que está contabilizando, ya que para la HP la retención que recibe es una deuda hasta que se demuestre lo contrario y para la empresa a cuyo nombre se ingresan los fondos se trata de un derecho de cobro, de un activo, a priori, hasta que se liquide el tributo.
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